sobre el vuelo en la zona de uso especial LER71

Esto es una nota informativa de ayuda.
No es una normativa.

Esperamos que os sirva para entender mejor el vuelo en la zona de uso especial LER71.

Es muy importante que, todo piloto y organizador, recuerde y sea consciente siempre, de su responsabilidad individual y colectiva, acerca del respeto por la reglamentación aérea establecida por los organismos oficiales.

¿Qué significa LER?

Según la AIP (Publicación de información aeronáutica) de AENA, existen zonas de usos especiales, que se han creado de acuerdo con el propósito o el nivel de seguridad de las operaciones aéreas que se realicen dentro de ellas.

Las zonas de usos especiales son zonas de espacio aéreo NO controlado.

Se dividen en diferentes tipos, P (prohibidas), D (peligrosas), R (restringidas).

La nomenclatura de cada una de estas zonas de usos especiales, va precedida de tres letras, seguida de una serie numérica.

En el territorio español peninsular, Baleares y Ceuta, las dos primeras letras son LE y la tercera letra, dependiendo del tipo de zona de uso especial, puede ser P, D o R.

Una zona R (restringida), es una zona en la que se puede volar, siempre que se cumplan unas condiciones.

Cuando en las charlas de espacios aéreos se explica esto, se dice que es más fácil entender lo que no es, y una zona restringida, no es una zona prohibida en la que no se puede volar.

El despegue de Peña Negra-Piedrahíta se encuentra dentro de la zona de uso especial LER71. También, por ejemplo, están dentro de la zona de uso especial LER71, los despegues de El Pitolero, La Lastra, Candeleda, Pedro Bernardo y otros.

¿Qué es la LER71?

La LER71 es una zona militar, en la que está la base aérea de Matacán situada en las proximidades de Salamanca.

Cita literal de la AIP (LE ENR 5.1) acerca de la LER71: “Antes de penetrar en la zona, establecer contacto radio con APP/TWR de Salamanca para recabar la oportuna autorización”.

Hay varias formas de pedir autorizaciones, una de ellas es llamar por radio cuando se va a entrar, otra es llamar a la torre porque se va a despegar dentro de la zona y otra es pedir una autorización por Notam.

Pues bien, durante más de 30 años se ha estado volando en parapente y ala delta desde Peña Negra-Piedrahíta. Según todo lo anterior, la condición para volar dentro de la LER71 es que hay que ponerse en contacto con la torre de Matacán. Esto se hizo, pero después de algún tiempo y debido a que los fines de semana la base no tenía actividad, la base llegó a la conclusión que no hacía falta ponerse en contacto. Entre diario y dado que nuestros vuelos se reducen bastante, tampoco hacía falta llamar, y la base aérea ya tenía en cuenta que podía haber alguien por esa zona.

Por el contrario, para competiciones de una semana o más, en la base se necesitaba saber dónde y cuántos pilotos estarían volando. Y para reservarles un espacio, se tenía que pedir autorización por Notam.

Todo esto se ha ido manteniendo hasta hoy.

¿Cómo sé si estoy dentro o fuera de la LER71?

En la AIP se especifican las coordenadas que marcan los sectores de todas las zonas de usos especiales y también se dicen las alturas que las forman.

Hay que tener en cuenta que todos los espacios aéreos son en tres dimensiones (ancho, largo y alto). Las alturas no nos dicen hasta qué altura podemos subir nosotros, sino desde dónde y hasta dónde llega cada sector.

Por ejemplo los sectores B y C de la LER71 llegan a FL240 (7315 metros).

¿Qué tengo que saber si entro en el TMA? ¿Cuál es la diferencia con la LER71?

Un TMA es un espacio aéreo controlado.

Volar dentro de un TMA significa que hay que cumplir ciertos requisitos. Entre ellos, ponerse en contacto con el controlador.

Un TMA también es un espacio aéreo en tres dimensiones. Suele estar dividido en sectores con unas dimensiones y alturas, es decir, el TMA empieza a determinada altura, marcando de esta forma el nivel de control por parte de los controladores aéreos.

Cada sector, a su vez, puede pertenecer a diferentes Clases del espacio aéreo. La Clase A es el nivel más alto de control.

Para poder volar en visual (VFR) dentro de estos espacios aéreos controlados, hay que pedir autorización por Notam.

Es importante respetar la altura máxima permitida para el vuelo visual, si esto no se hace, se entra en espacio aéreo controlado. No respetar este requisito imprescindible, es peligroso y se pone en riesgo a las aeronaves sometidas a control aéreo.

Por ejemplo, el despegue de Arcones se encuentra por debajo del TMA de Madrid, en su sector TMAD-2. Por este motivo, es tan importante respetar la altura máxima permitida para vuelo visual en ese sector.

Cuando se conjuga el vuelo Piedrahíta-Arcones o viceversa, se conjugan los dos tipos de espacio aéreo: Controlado / No controlado.

Otro ejemplo: Puede ocurrir que una zona de uso especial se encuentre dentro de un TMA, como es el caso de Maqueda, uno de los vuelos que se realizan desde Pedro Bernardo. Aquí coinciden dos tipos de espacios aéreos: una zona de uso especial D y el TMAD-16.

La DIFERENCIA entre el TMA de Madrid y la LER71, es que un TMA es un espacio aéreo controlado y las zonas de usos especiales, como la LER71, son zonas de espacio aéreo NO controlado.

¿Por qué se piden Notams para volar en la LER71?

Un Notam es la notificación de una autorización para realizar una actividad en una zona determinada a una hora determinada y unos días determinados.

Entre semana la base aérea de Matacán tiene actividad.

Los Notams los solicitan los organizadores de las competiciones que se vayan a desarrollar entre diario, es el caso de Ligas Nacionales, Campeonatos de España, Mundiales, Copas del Mundo, etc

Además de que este tipo de competiciones se realizan entre semana, también convocan a un número muy importante de pilotos volando a la vez (100-125-150…)

Por ello, la base de Matacán para planificarse, necesita saber por dónde y hasta qué altura puede subir esa cantidad de pilotos.

La altura que se solicita por Notam depende del organizador de cada competición.

Como ejemplo, decir que en el Campeonato de España de Biplaza Piedrahíta 2012 que organizamos, solicitamos y nos autorizaron 4000 metros.

Reflexión

Para volar en la LER71 se necesitaban las autorizaciones de la torre de Matacán y durante años se han ido dando, hasta que ya no hizo falta pedirlas y a día de hoy, son las siguientes:

Piloto por libre: no hace falta pedirla,
Competición regional de fin de semana: ya que la base no tiene actividad en fin de semana, no hace falta pedirla,
Competiciones a nivel nacional e internacional que se realizan entre semana: solicitar autorización por Notam, que hasta ahora siempre se ha dado, y con la altura que estime oportuna cada organizador.

Esto es lo que se lleva haciendo desde hace ya unos cuantos años; si no se está de acuerdo, se tendría que pedir otro tipo de autorizaciones, con el riesgo que ello conllevaría, es decir perder lo que tenemos ahora.

Cualquier organizador de competiciones de categoría nacional o internacional que se precie, debe pedir autorización por Notam, sea en la zona de vuelo que sea, no sólo por la seguridad de los participantes, sino también por el respeto a las zonas de vuelo y en el caso de la LER71, por respeto a los militares de la base aérea de Matacán.

Más información relacionada:

* Presentación de diapositivas | Croquis representativo con el espacio aéreo No controlado LER71 y el espacio aéreo controlado TMA de Madrid | Croquis representativos con detalle del espacio aéreo en las zonas de vuelo más utilizadas del centro peninsular.

* Página Espacio Aéreo

* Página Espacios Naturales