nota informativa, parques nacionales y PN Guadarrama
Nota informativa.
Parques Nacionales y Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama
Después de la publicación en internet y en prensa de algunas noticias sobre la nueva Ley de Parques Nacionales, os informamos de lo siguiente:
La Ley nacional de Parques Nacionales está en trámite; ahora mismo está en el Senado para su debate y correcciones; después del Senado volverá al Congreso en donde se votará y aprobará definitivamente.
Hasta que la nueva Ley de Parques Nacionales no esté publicada oficialmente en el BOE, sigue estando en vigor la disposición de la Ley del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama.
En cuanto al Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama y en cuanto a las disposiciones que tienen que ver con el vuelo sin motor, dice lo siguiente:
2. Se modifica la disposición adicional octava de la Ley 7/2013, de 25 de junio, que pasa a tener la siguiente redacción:
«Dada la singularidad de la ubicación geográfica del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama, y con carácter excepcional respecto de lo establecido para el conjunto de los Parques Nacionales, la prohibición general de sobrevuelo a menos de 3.000 metros salvo autorización expresa o por causa de fuerza mayor, queda reducida a 500 metros para las aeronaves comerciales y de Estado.
Las actividades de vuelos de aeronaves no impulsadas a motor, serán objeto de estudio en el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama a fin de determinar las cotas, periodos y zonas donde tal actividad no resulte incompatible con la conservación de los recursos del parque.»
Esto significa que, hasta que no esté elaborado y publicado el PRUG del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama, en el que queden especificadas y establecidas las zonas y las temporadas en las que se permita o no se permita volar, no podemos y no debemos volar dentro de los límites del Parque Nacional.